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Contrato de Encargo de Tratamiento de Datos

Artículo 28 RGPD — Reglamento (UE) 2016/679 · LOPDGDD 3/2018

Versión 1.0 · Revisión jurídica completada

Reunidos

De una parte, la GESTORÍA / DESPACHO identificada en el formulario de alta de AutoTramit (en adelante, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO).

De otra parte, Adrián Emilio Salavert López, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV), con NIF 21003782K y domicilio profesional en Calle Almirante Cadarso 5, 46005 Valencia, titular del servicio AutoTramit (en adelante, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO).

Ambas partes se reconocen capacidad para contratar y suscriben el presente Contrato de Encargo de Tratamiento conforme al artículo 28 del RGPD.

1. Objeto

El RESPONSABLE encarga al ENCARGADO el tratamiento de datos personales necesario para la prestación del servicio AutoTramit: extracción automatizada de datos de documentos tributarios (escrituras, contratos, copias simples), generación del fichero XML y del Modelo 600 / modelos tributarios asociados, y —en los planes que lo incluyan— su presentación telemática ante la Administración tributaria competente.

2. Categorías de interesados y de datos

3. Duración

Vigente mientras dure la relación de servicio. Finalizada esta, se aplica la cláusula 7 (devolución/supresión).

4. Obligaciones del Encargado

5. Subencargados

El ENCARGADO podrá recurrir a los siguientes subencargados, con contrato equivalente y garantías RGPD:

SubencargadoFinalidadUbicación
Hostinger International Ltd.Alojamiento del servidorFrancia (UE)
Anthropic (API de IA)Extracción de datos del documentoVía API; no se usan los datos para entrenamiento
StripeCobro de la suscripción (no datos de interesados)UE/EE. UU. con cláusulas tipo

El RESPONSABLE autoriza estos subencargados al aceptar este contrato. El ENCARGADO informará de cualquier cambio para permitir oposición.

6. Medidas de seguridad (art. 32 RGPD)

7. Devolución o supresión al finalizar

A elección del RESPONSABLE, el ENCARGADO devolverá o suprimirá todos los datos personales una vez finalizada la prestación, así como las copias existentes, salvo conservación exigida por el Derecho de la UE o nacional.

8. Responsabilidad

Cada parte responde de los daños que cause por incumplimiento de sus obligaciones conforme al art. 82 RGPD.

Aceptación

Este contrato se entiende perfeccionado y aceptado por el RESPONSABLE en el momento del alta en AutoTramit mediante casilla de aceptación expresa, quedando registro de fecha, hora e identidad.